jueves, 12 de marzo de 2015

Proceso de Canonización





Proceso de canonización

Fue el Papa Gregorio IX quien formalizó el proceso y en el año 1234 las canonizaciones quedaron reservadas al Papa.

¿Qué es la canonización?

La canonización es la declaración oficial de santidad de una persona.
           
Es el mismísimo Papa quien  debe aprobar los trabajos de los muchos especialistas que intervienen en el proceso de canonización  y convalidar los milagros requeridos.

Cuando La Iglesia, declarara “santa” a una persona es infalible, pues, al proponerla como modelo y realización de vida cristiana, la Iglesia no puede fallar, por la presencia activa de Cristo y su Espíritu.

Se  declara “santa” a una persona, después de un largo y complejo proceso, allí la Iglesia asegura con toda certeza lo siguiente:

-   Que es persona está, junto a Dios

-  Que  ha vivido el Evangelio en su espíritu y en determinadas virtudes, en grado heroico.

-  En consecuencia, la Iglesia la presenta como modelo de conducta evangélica e intercesora ante Dios.

Cuando se lleva a cabo la canonización sucede lo siguiente:

·       La  persona canonizada debe recibir veneración (culto) universal.
·        El  creyente puede rezar confiadamente en ella.
·       El  nombre del santo se inscribe en la lista (canon) de los santos de la Iglesia.
·        Se  la “eleva a los altares”
·       Se le asigna un día de fiesta para la veneración litúrgica por parte de la Iglesia entera, y se le puedan dedicar capillas, iglesias y santuarios. (La fecha de la fiesta es el día de “su nacimiento a la eternidad)

CONCEPTO DE CANONICAZIÓN
GENERALIDADES
•   Si bien existe en otras religiones este concepto, aunque no exactamente con el mismo significado que en el cristianismo.
•   La religión católica romana es la única que posee un mecanismo formal, continuo y altamente racionalizado para llevar a cabo el proceso de canonización de una persona.
•   Solo en la iglesia de Roma se encuentra un número de profesionales cuyo trabajo consiste en investigar la vida de quienes han sido considerados santos por su comunidad o conocidos
•   La declaración oficial de santidad de una persona se denomina canonización. Esta palabra procede del griego: kanon. Tiene varias aplicaciones. Pero en nuestro caso significa “lista”: canonizar a una persona es ponerla en la lista de los santos.
•   El papa Gregorio IX formalizó el proceso y en el año 1234 las canonizaciones (= la declaración oficial de santidad de una persona) quedaron reservadas al Papa. Él debe aprobar los trabajos de los muchos especialistas que intervienen en el proceso y convalidar los milagros requeridos.
•   La Iglesia, al declarar “santa” a una persona es infalible: al proponerla como modelo y realización de vida cristiana, la Iglesia no puede fallar, por la presencia activa de Cristo y su Espíritu.
•   Al declarar “santa” a una persona, después de un largo y complejo proceso, la Iglesia asegura que esa persona está, con toda certeza, junto a Dios; y ha vivido el evangelio en su espíritu y específicamente, en determinadas virtudes, en grado heroico. En consecuencia la presenta como modelo de conducta evangélica e intercesora ante Dios.
•   La canonización implica también que esa persona debe recibir veneración (culto) universal; que el creyente puede rezar confiadamente en ella; que su nombre se inscriba en la lista (canon) de los santos de la Iglesia; y se la “eleve a los altares” es decir, se le asigne un día de fiesta para la veneración litúrgica por parte de la Iglesia entera, y se le puedan dedicar capillas, iglesias y santuarios. (La fecha de la fiesta es el día de “su nacimiento para la eternida   
 CANONIZACION: ETAPAS PREVIAS

•        1. Siervo de Dios
El proceso de canonización tiene una fase inicial muy importante, en la cual se debe constatar si la persona muerta en concepto de santidad ha vivido las virtudes evangélicas en grado heroico.
Para ello se investiga su conducta, actitudes, obras, escritos, y el testimonio de quienes la han conocido.
Si el resultado obtenido lo merece, se la declara Siervo de Dios.
•        2. Venerable
Es un “salto” muy importante dentro del proceso de canonización, pues  supone confirmar la heroicidad de las virtudes de la persona que es sirvo de Dios.
En esta etapa: El Papa promulga, en un decreto, que esa persona es “digna de veneración”, es venerable. La veneración siempre ha de ser privada y nunca en actos públicos.
•        3. Beato
La “investigación” sobre la vida real del “venerable” continúa,  pero no serán los mayores atributos de caridad y virtudes heroicas que quizá sigan apareciendo los que transforman al “venerable” en Beato, pues se requiere un milagro obtenido a través de la intercesión del venerable y verificado después de su muerte. Destacamos que el milagro no es requerido si la persona ha sido reconocida mártir, pero también en el caso de martirio también se examina su vida.
El milagro (por lo general  la curación de una enfermedad física) debe ser probado a través de una comisión de expertos en medicina y teólogos. El estudio de los milagros  es muy exhaustivo, no deja posibilidad a  ningún margen de error.
El Beato es venerado públicamente, pero sólo en la Iglesia local (diocesana o nacional) o en su familia religiosa. A ese propósito la Santa Sede autoriza una oración especial para el beato y una Misa en su .honor. No se lo propone a toda la Iglesia ni se incluye en el Calendario romano.



Santos:
Es la distinción máxima que la Iglesia atribuye a sus hijos.
Una vez que se ha llegado a Beato, el candidato ha superado la parte más difícil del camino.

Llegar a la santidad: los milagros
“otro milagro”
Ese otro milagro para llegar a la santidad debe ocurrir después de la beatificación.
Este milagro es considerado por la Iglesia como el “signo de que Dios sigue obrando por su intercesion y de veneracion universal.
•        El proceso para verificar ese milagro,es igual al practicado para la beatificacion. Hasta no hace tanto tiempo atrás la regla era dos milagros para la beatificación y otros dos para la canonización). Necesitamos saber que el título de Santo no le agrega más vi era dos milagros para la beatificación y otros dos para la canonización). Necesitamos saber que el título de Santo no le agrega más virtudes o santidad al Beato.

     
Bulas papales

•        Como definió Benedicto XIV, “es la última y definitiva sentencia de la santidad”.
•        Con la bula de canonización el Papa declara que el candidato DEBE ser venerado (ya no se trata de un mero permiso) como santo por toda la Iglesia



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